Las contravenciones incluyen comportamientos que afectan la convivencia ciudadana, como infracciones de tránsito, ruidos molestos y acoso en la vía pública, entre otros. A diferencia de los delitos, que involucran infracciones graves contra la vida, la integridad o la propiedad, estas se sancionan principalmente con multas, tareas comunitarias o arresto. El proyecto en cuestión busca ampliar las herramientas para sancionar estas conductas, endureciendo las penas en la mayoría de las contravenciones contempladas en el Código. Además, introduce faltas vinculadas con comportamientos digitales y la ocupación irregular del espacio público.
“Al delincuente menor de edad que rompe la ley sabiendo que no va a tener consecuencias; al que acosa o acecha a una persona en la calle; al estafador que se presenta como un banco para robar datos; al puntero que apoya agrupaciones violentas; y al que lleva una bomba molotov a una manifestación: a todos ellos, bajo mi gestión, se les terminó la impunidad”, afirmó Macri. El mandatario añadió que la reforma tiene como objetivo asegurar que “quien rompe la ley pague las consecuencias de sus actos”.
Entre los cambios más relevantes se encuentran las sanciones por conducir bajo la influencia del alcohol. En la actualidad, las multas oscilan entre 300 a 2.000 unidades fijas (UF), equivalentes a entre $ 351.924 y $ 2.346.160, con penas de arresto que varían de 1 a 10 días y una inhabilitación de la licencia de 4 meses a 2 años. Con la reforma, las multas se elevarían a un rango de 1.000 a 6.000 UF, superando los $ 7.038.480 en su máximo, mientras que el arresto se extendería entre 5 y 30 días, y la inhabilitación de la licencia se elevaría de 6 meses a 4 años.
Asimismo, las sanciones por actividades comerciales no autorizadas en el espacio público también experimentarían un aumento notable. Actualmente, el límite de las multas en esta categoría —que incluye ventas informales— es inferior a $ 15 millones. El proyecto establece un nuevo tope de 50.000 UF, lo que equivale a $ 58.654.000, casi cuatro veces más que el límite anterior. Este aumento forma parte de un esfuerzo más amplio por desalentar la ocupación irregular de la vía pública con fines comerciales.
En relación con la reincidencia, la propuesta introduce modificaciones significativas. Las penas se incrementarán dependiendo del número de infracciones previas: un aumento del 50% para la primera, del 66,6% para la segunda y del 100% —es decir, el doble— para la tercera. Además, se amplía la definición de reincidencia: no será necesario que la falta repetida sea la misma, sino que se considerará una conducta similar en el espacio público. Para quienes extorsionan a conductores para estacionar (conocidos como trapitos), la reincidencia aumentará el arresto de 60 a 90 días, y estos infractores quedarán excluidos del régimen de arresto domiciliario, salvo excepciones justificadas. El proyecto también establece un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público para dar seguimiento a estos casos.
Respecto a los ruidos molestos, como la música a volumen alto en espacios comunes de edificios, las tareas de utilidad pública pasarían de 1 a 5 días a 3 a 15 días. Las multas se elevarían desde el límite actual de 100 UF ($ 117.308) hasta 600 UF ($ 703.848), añadiendo la posibilidad de hasta 10 días de arresto, una opción que en la actualidad no está disponible para estas infracciones.
La reforma también incorpora nuevas contravenciones al Código, incluyendo el acoso en la vía pública; la obtención de credenciales —claves, códigos o tokens— a través de engaños digitales; la organización de ventas informales masivas en espacio público; la comercialización de datos personales; la tenencia de dispositivos que interfieren señales; y la manipulación fraudulenta de sistemas de cobro o transporte. La tenencia de materiales que puedan provocar disturbios, como bombas molotov, se sancionaría con multas de hasta $ 9.384.640 o 45 días de arresto, más el comiso de los elementos incautados. Asimismo, quien interrumpa los sistemas de videovigilancia pública enfrentará multas de hasta $ 4.692.320 o 30 días de arresto, con la obligación de reparar el dispositivo dañado.
En el ámbito procesal, se elimina la condena en suspenso y se excluye, para adultos, la suspensión del proceso a prueba como opción alternativa. El plazo general de prescripción de la acción se mantiene en dos años.
Uno de los aspectos más novedosos de esta iniciativa se refiere a los adolescentes de entre 14 y 17 años. Actualmente, los menores de 18 años no son susceptibles de sanciones contravencionales —salvo en situaciones vinculadas al tránsito—. La reforma establece la imputabilidad a partir de los 14 años, pero bajo un régimen especial: no podrán ser detenidos, deben contar con defensa especializada, y las sanciones estarán orientadas a la responsabilización, educación e integración social. Las medidas incluyen amonestaciones formales, apoyo de equipos interdisciplinarios, programas educativos, continuidad escolar, capacitación laboral y tareas de utilidad pública adecuadas a su edad y capacidades. Este grupo también podrá acceder a la probation, sujeta al cumplimiento de normas de conducta, reparación del daño y continuidad escolar.
Este cambio busca alinear la normativa local con la Ley Nacional de Justicia Penal Juvenil, que entró en vigor el mes pasado. “Buscamos sancionar el phishing, los deepfakes y el acecho, y que quienes tienen entre 14 y 17 años respondan por sus contravenciones. No vamos a mirar para otro lado. En la Ciudad hay consecuencias”, manifestó el ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia.
La propuesta deberá ser analizada en el ámbito parlamentario antes de su posible aprobación.









