La Quiebra de SanCor: Un Final Anunciado para la Cooperativa Láctea
La Justicia de Rafaela, provincia de Santa Fe, ha dictado la quiebra de la histórica cooperativa láctea SanCor, poniendo fin de manera abrupta al concurso preventivo de acreedores que había iniciado en febrero de 2025. Esta decisión judicial, impulsada por la propia solicitud de la cooperativa, formaliza el colapso de una de las empresas más emblemáticas del sector en Argentina.
Insolvencia Estructural y Frustración del Concurso
En una extensa resolución, el juez Marcelo Germán Gelcich fundamentó la declaración de quiebra en un diagnóstico contundente: SanCor atraviesa un cuadro de “insolvencia estructural” y su proceso de reestructuración ha quedado “frustrado”, sin ninguna posibilidad real de alcanzar un acuerdo viable con sus múltiples acreedores.
El magistrado tomó como punto de partida la admisión explícita de la propia compañía, que había manifestado su “imposibilidad de formular propuesta de acuerdo preventivo” debido al inmenso pasivo acumulado y al incremento de la deuda posterior a la apertura del concurso. Para el juez, esta confesión corporativa constituyó una “exteriorización inequívoca del fracaso del proceso preventivo”, lo que legalmente habilitó la declaración directa de quiebra sin necesidad de agotar los plazos procesales ordinarios.
La resolución aplicó la figura de la quiebra indirecta por frustración anticipada, argumentando que la continuidad del trámite concursal solo implicaría un “dispendio jurisdiccional innecesario” y un agravamiento progresivo del pasivo. El fallo fue categórico al señalar que “La empresa no genera recursos suficientes ni siquiera para sostener su operatoria ordinaria”, describiendo un escenario donde la supervivencia operativa se financiaba únicamente mediante el incumplimiento sistemático de obligaciones corrientes.
El Pasivo Postconcursal: Un Financiamiento Forzoso
Uno de los ejes cruciales que precipitó la decisión judicial fue la alarmante evolución del pasivo posterior a la apertura del concurso. Los informes del expediente revelaron que la deuda de SanCor continuó creciendo de manera sostenida durante el proceso, configurando un esquema que el juez calificó de “financiamiento forzoso a costa de terceros”. Esta dinámica no solo evidenció una severa falta de liquidez, sino que también demostró una “inviabilidad estructural no susceptible de reversión” en el modelo de negocio de la cooperativa.
La resolución judicial también dispuso la acumulación de todos los pedidos de quiebra presentados previamente por distintos acreedores, estableciendo la prevalencia de la solicitud presentada por la propia empresa. En este aspecto, el juez recordó la normativa concursal que otorga prioridad a la solicitud del deudor “cualquiera sea el estado” de los planteos de terceros, siempre y cuando no exista una sentencia de quiebra anterior.
Continuidad de la Explotación para Preservar Valor
A pesar de la declaración de quiebra, un aspecto distintivo del fallo fue la disposición de la continuación de la explotación en aquellas unidades productivas que aún se encuentran operativas. Esta medida estratégica busca impedir una caída abrupta e irrecuperable del valor de los activos, facilitando su eventual transferencia a terceros interesados.
El magistrado advirtió con claridad que la paralización total de las plantas podría generar un “deterioro significativo, e incluso irreversible, de maquinarias, instalaciones y equipos”, lo que impactaría negativamente las posibilidades de recupero para los acreedores. Por esta razón, la continuidad operativa fue limitada a los establecimientos capaces de sostenerse sin generar nuevo pasivo y, específicamente, a aquellos que funcionan bajo contratos de producción para terceros.
La Cruda Radiografía Productiva de SanCor
Actualmente, SanCor cuenta con una estructura de seis plantas industriales distribuidas entre Santa Fe (Sunchales, Gálvez y San Guillermo) y Córdoba (Devoto, Balnearia y La Carlota). Sin embargo, el expediente reveló niveles de utilización muy por debajo de su capacidad instalada. Algunas líneas operan con mínimos históricos e incluso existen instalaciones completamente paralizadas, como es el caso de la planta de San Guillermo.
La radiografía productiva exhibida en el fallo muestra un deterioro sostenido a lo largo de los últimos años. La cooperativa pasó de ser una procesadora de leche propia con esquemas de fasón complementarios a depender casi exclusivamente de la producción para terceros. Recientemente, tras la caída de esos contratos, quedó operando con volúmenes propios extremadamente reducidos.
Esta caída es drástica en términos numéricos. En enero de 2026, la empresa procesó apenas poco más de seis millones de litros equivalentes. Según los informes técnicos incorporados a la causa, este volumen no es suficiente para cubrir su estructura mínima de costos. A esto se suma una fuerte capacidad ociosa, especialmente en Sunchales, la planta más importante de su sistema, que funciona con niveles de utilización extremadamente bajos.
El fallo subraya cómo la pérdida de contratos de fasón, la salida masiva de proveedores de leche y la reducción de la base de asociados tamberos terminaron por achicar la escala operativa a niveles de inviabilidad, afectando tanto la generación de ingresos como la sustentabilidad a largo plazo del negocio.
En paralelo a la quiebra, se ha dispuesto un refuerzo del control judicial sobre la compañía, estableciendo una organización específica para la sindicatura con funciones diferenciadas para la supervisión operativa, la liquidación de activos y el control del pasivo. Adicionalmente, se ordenó la suspensión de ejecuciones individuales sobre bienes considerados clave para garantizar la continuidad mínima.
Rechazo al Salvataje y Venta de Activos en Marcha
Otro punto crucial de la resolución fue el rechazo a cualquier alternativa de rescate. El juez descartó de plano la aplicación del mecanismo de cramdown (salvataje) al considerar que no existen “valores rescatables” y que la magnitud del pasivo, cercano a los u$s120 millones con más de 1.500 acreedores, supera ampliamente la capacidad de recuperación del negocio. A esto se sumó una limitación de índole legal-estructural: la forma cooperativa impide la transferencia directa del control a un tercero bajo ese esquema de salvataje.
En consecuencia, la resolución concluye que la única salida viable y adecuada es avanzar hacia la enajenación de la empresa en marcha, tal como lo prevé la ley concursal. Este mecanismo permitirá licitar plantas, marcas, y otros activos, ya sea en conjunto o por separado, con el objetivo primordial de maximizar el recupero de fondos para la masa de acreedores.
“El valor realizable del patrimonio se concentra en activos físicos y marcarios susceptibles de enajenación ordenada”, señala el fallo, dejando abierta la posibilidad de estructurar esquemas de locación o leasing para facilitar la transición y asegurar la continuidad operativa de algunas unidades productivas hasta su venta definitiva.
El panorama económico que surge del expediente es desolador: SanCor acumula la mencionada deuda, registra atrasos en salarios, cargas sociales y compromisos fiscales. El nivel de actividad se encuentra en mínimos históricos, con plantas que operan de manera parcial o están directamente paralizadas.
Con la quiebra formalmente declarada, el proceso entra ahora en una fase de liquidación ordenada, centrada en la venta de los activos y la definición precisa del alcance de la continuidad operativa. La reestructuración ha dejado de ser una alternativa, y la prioridad absoluta del proceso judicial pasa por preservar el valor remanente en medio de la liquidación de la otrora gigante láctea.








