La creación de este examen único de acceso para residencias médicas y otras áreas sanitarias a nivel nacional fue formalizada a través del Decreto 555/2026, publicado en el Boletín Oficial. Esta regulación, firmada por el ministro de Salud, Mario Iván Lugones, anula el régimen anterior y redefine los procesos de selección, cronograma y supervisión para hospitales e instituciones nacionales.
Con la derogación de la Resolución Secretarial N° 186/2019 y los convenios vigentes, se ha establecido el Comité de Adhesión al Examen Integrado del Sistema Nacional de Residencias de la Salud (CAEI). De acuerdo con la normativa, este comité estará constituido por un presidente en representación de las instituciones nacionales y un delegado de cada entidad de formación, tanto pública como privada, quienes desempeñarán sus funciones ad honorem.
El CAEI tendrá la responsabilidad de fijar el cronograma de evaluaciones, definir las sedes donde se llevará a cabo la prueba, especificar la bibliografía a evaluar, revisar los procesos de validación y corrección, así como coordinar y llevar a cabo la implementación del examen.
Otro aspecto relevante es la aprobación de un modelo de convenio de adhesión que permitirá a organismos e instituciones interesadas unirse al sistema unificado. La Dirección Nacional de Calidad y Desarrollo del Talento en Salud, que forma parte de la Subsecretaría de Institutos y Fiscalización, será la responsable de suscribir estos convenios y ejercer el control administrativo.
Simultáneamente, fue publicada la Resolución 2012/2026, que establece el reglamento para la postulación a residencias básicas y articuladas, estableciendo que el concurso nacional será conocido como “Concurso Nación de Residencias de la Salud”, incluyendo hospitales, instituciones nacionales y organismos descentralizados.
Para participar, la normativa señala que los candidatos deben ser argentinos nativos, por opción o naturalizados. Los extranjeros tienen la posibilidad de inscribirse siempre que posean un Documento Nacional de Identidad expedido por una autoridad argentina, o un acto administrativo de la Dirección Nacional de Migraciones que certifique su radicación, ya sea temporal o permanente. No se aceptará el certificado de residencia precaria para la adjudicación de cargos.









